El código civil del estado de México, relata en su artículo 4.88 lo siguiente:
Efectos jurídicos del divorcio
Artículo 4.88. El divorcio disuelve el matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.
Explicación Del Artículo 4.88 Del Código Civil Del Estado De México
El Artículo 4.88 establece que el divorcio tiene como consecuencia la disolución del matrimonio, es decir, que el vínculo matrimonial se rompe legalmente y los cónyuges quedan libres para contraer otro matrimonio si así lo desean. Es importante mencionar que el divorcio debe ser tramitado ante un juez y se debe cumplir con ciertos requisitos y procedimientos establecidos en la ley. En general, el divorcio es una opción legal para aquellos cónyuges que desean poner fin a su matrimonio de manera definitiva.